domingo, 24 de junio de 2007

Las Armas de la Libertad Parte 3

Las Armas de la Libertad Parte 3


Marzo 23 , 2007




por Sergio Antonio Graziano



“Este país, con sus instituciones, pertenece a la gente que lo habita, a sus ciudadanos.
Si en algún momento se cansan del gobierno existente, pueden ejercer su derecho constitucional de corregir sus errores o su derecho revolucionario a desmembrarlo o derrocarlo“


Abraham Lincoln, Abril 4, 1861





En “ Las Armas de la Libertad “, Partes 1 y 2, hemos visto como muchos de los más grandes pensadores y estadistas de la historia humana, así como los libros sagrados de las religiones, han mantenido siempre que el derecho a poseer armas y a la defensa propia, de familia, vecino y propiedad, son derechos naturales pre-existentes a la creación del estado y que son inalienables.
Hemos visto también como la promulgación de leyes de desarme ciudadano, ilegales e injustas, han posibilitado la persecución de opositores políticos y minorías étnicas, raciales o religiosas causando el genocidio de casi trescientos millones de ciudadanos de diferentes países en el Siglo XX. (Ver Las Armas de la Libertad Parte 1)
En esta Parte 3 de Las Armas de la Libertad hablaremos de la Constitución de los Estados Unidos, en la cual está inspirada la Constitución Argentina de 1853.


1775 Los ingleses intentan confiscar las armas de los colonos americanos en Concord y Lexington.
1776 La Revolución Americana



En el año 1775 las entonces trece colonias americanas de Inglaterra se sublevaron contra el Rey.
Los abusos de la Corona Británica y el cercenamiento de libertades habían preparado la escena, pero lo que desencadenó la Revolución Americana fue el intento fracasado del ejército inglés de confiscar las armas de los colonos en Concord y Lexington.
En 1776 los colonos americanos declararon la Independencia .
En 1783 ya la habían ganado.
Comenzaron a gobernarse bajo los Artículos de la Confederación.
Pero necesitaban algo más.
Un grupo de notables entre los que estaban James Madison, Alexander Hamilton y George Washington, se reunieron en Filadelfia y escribieron la Constitución original de Estados Unidos.
Estos tres patriotas federalistas querían crear un ejército nacional, pero patriotas anti-federalistas que incluían a Patrick Henry, Richard Henry Lee y Samuel Adams, se oponían a un ejército federal y pretendían una milicia popular armada y un Bill of Rights en la Constitución Nacional, es decir, un Estatuto de Derechos Ciudadanos Explícitos.
Este Bill of Rights , finalmente se aprobó y consta de once Enmiendas a la Constitución, entre las cuales está la Segunda Enmienda, que reconoce el Derecho Natural a poseer y portar armas como uno de los principales Derechos Humanos.
La Segunda Enmienda no otorga sino que reconoce y garantiza este derecho natural, con el que el hombre viene al mundo y que ha ejercido desde la época de las cavernas, posibilitando a la especie humana sobrevivir y conquistar el planeta.
En efecto, el derecho a portar armas y a la autodefensa constituye el principal e inalienable derecho humano, comparable con la “libertad de conciencia“.

Filósofos y analistas legales como Blackstone, John Locke y Algernon Sydney mantenían y enseñaron que el derecho natural a la defensa propia, de familia, vecino y propiedad, el derecho a las armas y a resistir la tiranía eran esenciales al ser humano y al ciudadano y estos derechos van inextricablemente unidos.
De allí derivaron también el derecho y el deber moral de resistir a los rufianes y a los tiranos y de ser necesario combatir a los primeros y derrocar a los segundos.
Así, James Madison escribió:


“Los ciudadanos de esta nación no necesitan temer a su gobierno, porque gozan de la ventaja de estar armados, ventaja que los ciudadanos americanos poseen por sobre otras naciones del mundo“


Y Thomas Jefferson:


“A ningún hombre libre le será jamás prohibido el uso de armas“


Y Algernon Sydney:


“Por la Ley de Dios y del hombre, los criminales, violadores, esclavistas, ladrones, asesinos, etc. que pudieran apropiarse de las vidas, bienes o derechos de los hombres, podrán ser resistidos y muertos, aún cuando fueran éstos una banda de villanos sirviendo a un perverso gobernante“



También James Madison y John Adams:


“Las armas en poder de ciudadanos pueden ser usadas por el individuo a discreción, en autodefensa“



Vemos que los Padres Fundadores de los Estados Unidos veían en el Ciudadano Armado la única garantía de preservación de la Libertad, la paz y la felicidad del pueblo, y se aseguraron de que éste derecho quedara claramente establecido en la Segunda Enmienda de la Constitución, donde además establecieron que todo ciudadano libre y armado formaba y forma parte de la Milicia Ciudadana, destinada a servir de contrapeso a cualquier aventura totalitaria por los detentores, abusadores y usurpadores del poder. (Ver Las Armas de la Libertad Parte 1)
Escribía Sam Adams:


“La Constitución jamás debe ser manipulada para autorizar al Congreso a prohibir a los ciudadanos que son ciudadanos pacíficos la tenencia de armas“



En la Argentina, el desinterés de los ciudadanos por la cosa pública, es decir, la administración del país y de los asuntos del estado, ha permitido que una Corporación político-empresarial-periodística de individuos corruptos se haya encaramado en el poder, estableciendo una Dictadura en los hechos, impidiendo que los otros poderes del Estado, infiltrados por individuos de la misma laya, actuén para controlar al Ejecutivo.
También los Organismos de Control y Tribunales de Cuentas han sido limitados en sus funciones o directamente eliminados.
La usurpación es casi completa, quedando sólo un puñado de legisladores, jueces y políticos opositores para enfrentar a esta gran maquinaria fascista de saqueo de los bienes y las libertades del ciudadano y de la nación.
Hemos colocado una sentencia de Abraham Lincoln en el Epígrafe de esta Nota y lo volvemos a citar aquí:


“Nuestra seguridad, nuestra libertad, depende de que preservemos la Constitución, así como nuestros padres la diseñaron para que no fuera violada.
Los ciudadanos son por derecho los dueños del Congreso y de las Cortes,- no para derogar la Constitución sino para derrocar a los hombres y mujeres que la pervierten“




En la Argentina, lamentablemente, las administraciones a partir del mandato del malvado Alfonsín, no sólo manipularon la Constitución para sus propios fines electorales y políticos sino que han logrado desnaturalizar de tal manera el magno documento fundacional de la democracia argentina que será muy difícil salvar a la nación del desastre completo y la disolución.
Para ello, haría falta patriotismo y virtud.
Como escribió Montesquieu:


“El elemento esencial de una democracia es la virtud.
Sin virtud, no puede haber democracia verdadera“



Esta sentencia lapidaria de Montesquieu parece definitiva en el caso de la Argentina, pero aún nos queda la posibilidad electoral de 2007 y, desde ya, el desastre en que terminará este gobierno usurpador de cargos, fondos públicos y privados y derechos y libertades ciudadanas constituirá una nueva oportunidad para los ciudadanos de este país de volver al cauce democrático y republicano en concierto con las democracias del mundo.


Los Padres Fundadores de la Argentina y la Constitución de 1853


Nuestro patriota y prócer Juan Bautista Alberdi, un gigante de principios morales, estaba fuertemente influenciado por la Constitución Americana y se inspiró en ésta para escribir sus “Bases y Puntos de Partida para la Organización Política...“ cuyos borradores e ideas inspiraron a su vez a los Delegados Provinciales Constituyentes, que, bajo los auspicios de Justo José de Urquiza, llamado “El Organizador“ y también “El Washington Argentino“, se reunió en Santa Fé para redactar la Constitución Argentina de 1853, a la que finalmente adhirieron los demás patriotas como el General Mitre.
Estos eran hombres de estatura moral gigantesca, estadistas, literatos, filósofos, hombres de armas.
Jamás se le hubiera ocurrido a estos próceres liberar criminales y restringir a los ciudadanos su derecho a las armas.
Esto les hubiera parecido insano e inmoral.
Citamos a Juan Bautista Alberdi:


“El Derecho Penal Ordinario, no es el derecho de los delincuentes, sino el derecho de la sociedad con los delincuentes que la ofenden en la persona de uno de sus miembros“


Y también a Domingo Faustino Sarmiento:


“La Constitución no se ha hecho únicamente para dar libertad a los pueblos, se ha hecho también para darles seguridad“


Y otra vez Sarmiento:


“Cuando los hombres honrados se van a su casa, los pillos entran en la de Gobierno“



Vemos que tanto la revolución americana contra el poder inglés como en la revolución argentina contra el poder español, ambas colonias produjeron hombres y mujeres no sólo valientes y visionarios por el alcance de sus previsiones democráticas en la redacción de ambas constituciones sino que eran hombres y mujeres de una estatura moral gigantesca.
Nuestro primer Presidente Constitucional, Justo José de Urquiza, “El Organizador “, supo guiar con prudencia y también con firmeza a las poderosas y díscolas fuerzas embrionarias de la nación, hasta lograr no sólo la redacción del magno documento sino que también supo generar y producir legislación que con unas pocas décadas de vigencia lanzó a la Argentina al estrellato mundial, ubicándola hacia 1880 entre las primeras diez potencias mundiales.
Una de sus obras más importantes fue la colonización del país con inmigrantes de todas partes del mundo, a los que les entregaba las tierras, las herramientas y la semilla para la producción.
También el plano de la legislación penal fue pionero e innovador, y tuvo mano firme con los criminales y ni aún cuando su propio hijo cayó preso, se le pasó por la cabeza usar su influencia y poder para liberarlo.
Un hombre de principios desde el comienzo hasta su fin glorioso luchando sable y pistola en mano, contra una banda de traidores y asesinos en su propia casa.
Así, fue merecedor de la más alta distinción de sus contemporáneos y pares en el Congreso de la Nación, distinción otorgada a instancias de Velez Sarzfield, Vicente Fidel Lopez y especialmente a instancias de quienes fueran sus más encarnizados enemigos políticos: Domingo Faustino Sarmiento y Bartolomé Mitre.
Empecé esta nota de “Las Armas de la Libertad“ colocando en el Epígrafe una sentencia de Abraham Lincoln, unos de los más grandes Presidentes de los Estados Unidos, también asesinado por un cobarde.
Quiero terminarla con las palabras del Congreso Nacional Argentino en ocasión de la Distinción hecha por ese cuerpo a Justo José de Urquiza:

“Jamás héroe alguno hizo más grandes promesas a los pueblos y
que nunca fueron cumplidas con más lealtad.
En consecuencia, el Congreso de la Nación os difiere la gloria de Washington.
No podéis aspirar a otra“
CONGRESO NACIONAL ARGENTINO



¡Hasta pronto amigos !

¡VIVA LA PATRIA!

1 comentario:

Anónimo dijo...
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